Establecimientos comerciales en Barranquilla tienen nuevos horarios

Miércoles, 26 Junio 2019 17:28
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Establecimientos comerciales en Barranquilla tienen nuevos horarios Foto: Cortesía El Tiempo

Mediante el Decreto 0256 de 2019, la Alcaldía Distrital de Barranquilla fijó este miércoles nuevos horarios para los establecimientos comerciales de la ciudad. El acto administrativo anula todas las disposiciones de igual o menor jerarquía que sean contrarias, en especial el Decreto Distrital 0372 de 2013.

 

Por: Luis Ramos Palacín

 

En su artículo 3, el Decreto 0256, que entra en vigencia a partir de su publicación, determina que la nueva disposición horaria de las salas de baile, bares, tabernas, billares, licorerías, estancos, karaokes, cigarrerías, salas de masajes, puntos fríos y similares será de domingo a jueves desde 09:00 a.m. hasta las 02:00 a.m. del día siguiente. Del mismo modo, los viernes, sábado y domingo (cuando el lunes sea festivo) el horario quedará de 09:00 a.m. a las 04:00 a.m. del día siguiente.

Para las tiendas, supermercados, graneros, panaderías, cafeterías, heladerías o similares, el horario será como sigue: domingo a jueves de 05:00 a.m. a 11:00 p.m. del mismo día, y viernes, sábado y domingo (cuando el lunes sea festivo) de 05:00 a.m. a las 11:59 p.m. del mismo día.

Las “canchas de fútbol, galleras, canchas de bolos, canchas de tejo, juegos electrónicos (diferentes a los de suerte y azar), parques de atracciones mecánicas, centros de entretenimientos familiares o similares tendrán un horario 09:00 a.m. a 11:59 p.m. durante todos los días de la semana”, fija el decreto, que además dispone que “restaurantes, asaderos, pizzerías, ventas de comidas rápidas o similares” podrán abrir sus puertas de “domingo a jueves de 06:00 a.m. a las 12:30 a.m. del día siguiente tendrán un horario de viernes, sábado y domingo (cuando el lunes sea festivo) de 06:00 a.m. a las 02:00 a.m. del día siguiente”.

En cuanto a “centros sociales, casas de banquetes y/o eventos cuyas actividades estén relacionadas con expendio y/o consumo de bebidas embriagantes”, el nuevo horario será de domingo a jueves de 09:00 a.m. a las 02:00 a.m. del día siguiente. Los viernes, sábados y domingos (siempre que el lunes sea festivo) será de 09:00 a.m. a las 04:00 a.m. del próximo día.

Según el alcalde Alejandro Char, la medida se tomó desde la Administración Distrital a manera de respuesta frente crecimiento de Barranquilla como lugar atractivo tanto para locales como para turistas. Esta circunstancia, de acuerdo con el alcalde barranquillero, exigía una “adecuada regulación” de las actividades económicas de los establecimientos comerciales, que, al obedecer el decreto, como lo señaló a su turno Clemente Fajardo Chams, secretario de Gobierno de Barranquilla, ayudarán a mantener “el control y el orden público en la ciudad”.

A propósito de esto, el decreto 0256 aclara en su artículo 5 que los propietarios de cualquier establecimiento comercial que infrinjan lo dispuesto será́n sancionados en conformiidad con lo establecido en el Código Nacional de Policía y Convivencia.

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