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El Comunicador

A un mes del terremoto: MEN autoriza el desarrollo de clases en “espacios alternativos”
Institución educativa en el Chocó, tras el terremoto. FOTO: Augusto Pinedo
16 septiembre, 2026

A un mes del terremoto: MEN autoriza el desarrollo de clases en “espacios alternativos”

Las medidas anunciadas hace pocos días aplican únicamente en los municipios afectados por el sismo ocurrido el pasado 10 de agosto.

Por Juan Miguel Vergara Norwood

Las afectaciones ocasionadas por el terremoto del 10 de agosto de 2026, que impactó a cientos de instituciones educativas y a más de un millón de estudiantes, llevaron al Gobierno Nacional a emitir tres decretos extraordinarios con el propósito de asegurar la continuidad del servicio educativo en las zonas afectadas por la emergencia. Las medidas fueron adoptadas dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, declarado tras el sismo y están contenidas en los decretos 1386, 1387 y 1388 de 2026.

De acuerdo con las cifras exactas reveladas por el ministerio, la emergencia dejó daños en 5.309 sedes educativas de 423 municipios y afectó a 1.147.369 estudiantes.

A través del Decreto 1386 de 2026, el Ministerio de Educación facultó a las entidades territoriales certificadas para autorizar temporalmente el desarrollo de clases en “espacios alternativos”, cuando las instalaciones de las instituciones educativas oficiales no puedan utilizarse debido a los daños ocasionados por el desastre natural. También se contempla la posibilidad de implementar modalidades de educación remota cuando las condiciones derivadas del terremoto impidan el normal desarrollo de las actividades académicas.

“La autorización temporal para utilizar espacios físicos alternos permite evitar que la afectación de la infraestructura se traduzca en la interrupción del servicio educativo, siempre que dichos espacios sean idóneos y presenten condiciones seguras para el aprendizaje”, indicó el ministerio.

Cabe resaltar que, la aplicación de estas medidas no será automática: las instituciones académicas deberán acreditar la afectación causada por la emergencia y solicitar autorización ante las autoridades educativas para acceder a las alternativas contempladas. Para ello podrán apoyarse en los registros oficiales vigentes o en mecanismos complementarios de acreditación definidos por las autoridades que integran el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.

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